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Si eres un autónomo o una empresa y tienes transacciones con profesionales de otros países de la Unión Europea, tienes que conocer las claves del modelo 349, ya que deberás utilizarlo para informar a Hacienda de todas esas compras y ventas de bienes y servicios.
A continuación, te explicamos todas las claves del modelo 349 para que sepas cuándo y cómo presentarlo, ¡vamos allá!
Qué es el modelo 349
El modelo 349 es una declaración informativa (es decir, que no implica ningún pago) de todas las transacciones de bienes y servicios que hayas llevado a cabo con otros profesionales de la Unión Europea.
¿Es obligatorio presentar el modelo 349?
Sí, para todas las empresas o autónomos dados de alta en el Régimen de Operadores Intracomunitarios (ROI) que hayan comprado o vendido bienes o servicios a otros operadores de la Unión Europea también registrados en el ROI, es obligatorio presentar el modelo 349.
El alta en el ROI de ambos operadores es indispensable, ya que deberás notificar tanto tu NIF intracomunitario como el del operador con el que has hecho la transacción.
Cuál es el plazo de presentación del modelo 349
El modelo 349 puede presentarse mensualmente, bimestralmente o trimestralmente. Todo dependerá de la suma total de las ventas de bienes y servicios que hayas realizado a otros profesionales de la UE.
El modelo 349 tiene que presentarse en los 20 días siguientes a la finalización del periodo por el que estás declarando. Es decir, si es mensual, en los primeros 20 días del siguiente mes, y si es bimestral o trimestral, durante los 20 días que sigan a la finalización dichos periodos.
Modelo 349: instrucciones para rellenarlo
El modelo 349 se divide en tres páginas, veámoslas una a una.
Claves del modelo 349
Como has visto en el apartado anterior, en la segunda hoja deberás indicar la actividad que estás declarando mediante las claves que el modelo 349 establece. Estas claves son las siguientes:
E: Entregas intracomunitarias de bienes hechas por ti.
A: Compras intracomunitarias de bienes hechas por ti.
T: Entregas en otros Estados miembros subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas en el marco de operaciones triangulares.
S: Prestaciones de servicios realizados por ti a nivel intracomunitario.
I: Adquisiciones intracomunitarias de servicios localizadas en Territorio de Aplicación del IVA, realizadas por operadores de otro estado y cuyo destinatario eres tu.
M: Entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la LIVA.
H: Entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la LIVA, efectuadas por el representante fiscal según lo previsto en el artículo 86.tres de la Ley del Impuesto.
R: Transferencias de bienes efectuadas.
D: Devoluciones de bienes desde otro Estado miembro al que previamente fueron enviados desde el Territorio de Aplicación del IVA.
C: Sustituciones del destinatario de los bienes expedidos o transportados a otro Estado miembro.
Cómo se presenta el modelo 349
El modelo 349 se puede presentar tanto de forma presencial en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, como de forma telemática. Si te preguntas cómo se puede presentar el modelo 349 telemáticamente, debes saber que tienes que hacerlo a través de su Sede Electrónica2. En este caso, necesitarás tener Cl@ve PIN, DNI electrónico o certificado digital para poder hacerlo.
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Referencias:
1) https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-20179
2) https://sede.agenciatributaria.gob.es/