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Modelo 130 y 131: diferencias, para qué sirve y quién está obligado a presentarlo

Los modelos 130 y 131 sirven para fraccionar el pago de los autónomos. En este artículo te explicamos lo que necesitas saber de ellos.

En España, los autónomos deben presentar el pago fraccionado del IRPF cuatro veces al año. Para ello, y en función del régimen de estimación al que te hayas acogido, utilizarás los modelos 130 y 131; sus diferencias determinan si presentas uno u otro por lo que es importante conocerlas.

 

El pago fraccionado del IRPF tiene como objetivo evitar que tu declaración del IRPF de autónomo sea positiva y tengas que pagar a final de año a la administración. Cada uno de estos pagos es un anticipo del 20% del total del IRPF que deberían abonar a la Agencia Tributaria que se paga reteniendo el 20% de los ingresos que has tenido durante el trimestre. En principio, a final de año y tras los cuatro pagos habrás desembolsado más dinero en pago por el IRPF del que te correspondería realmente, así que Hacienda te devolverá dinero en tu declaración de la renta al final del año. Aunque, claro está, eso no tiene por qué ser siempre así y dependerá de tus ingresos totales: ya sabes, cuanto más ganes más pagas.

 

En este artículo te explicaremos en qué se diferencian y quién está obligado a presentar cada uno, para que sepas cuál de estos modelos es el que debes presentar tu.

 

 

Modelo 130 y 131: diferencias entre ambos

 

 

Entre el modelo 130 y 131 las diferencias radican en que los autónomos que tributan por estimación directa, ya sea normal o simplificada, son quienes tienen la obligación de presentar el modelo 130, mientras que aquellos autónomos que tributan por estimación objetiva (también conocida como módulos) son quienes están obligados a presentar el modelo 131.

 

 

Modelo 130: quién está obligado a presentarlo

 

Si te preguntas quién está obligado a presentar el modelo 130, debes saber que tienen que presentar todos aquellos autónomos que estén dados de alta en el régimen de estimación directa.

 

También deberán presentarlo aquellos empresarios que estén dados de alta como actividad empresarial en el Impuesto de Actividades Económicas también régimen de estimación directa.

 

Por último, los autónomos que participen en un régimen de comunidad de bienes también deberán declarar trimestralmente mediante el modelo 130.

 

La única exención se aplicará a aquellos autónomos del régimen de estimación directa que en el año anterior hayan facturado con retenciones el 70% de sus ingresos.

 

 

Quién está obligado a presentar el modelo 131

 

Tienen obligación de presentar el modelo 131 para el pago fraccionado del IRPF todos aquellos autónomos que tributen en el régimen de estimación objetiva, también conocido como régimen de módulos.

 

Recuerda que para poder tributar en este régimen debes dedicarte a unas de las profesiones recogidas por la administración en su listado oficial y no podrás tener ingresos superiores a los 250.000 euros, ni haber gastado en compras más de esa misma cantidad. Además, tampoco podrás haber facturado a otros autónomos y empresas más de 125.000 euros en el año anterior.

 

Si perteneces a una comunidad de bienes que tributa en régimen de estimación objetiva, cada miembro tendrá que presentar por su cuenta el modelo 131, declarando cada uno de ellos la parte que le corresponda.

 

 

Cómo y cuándo presentar los modelos 130 y 131

 

 

Los modelos 130 y 131 deben presentarse cuatro veces al año, ya sea telemáticamente o bien en una oficina de la Agencia Tributaria. Las fechas para la presentación de estos modelos son las siguientes:

 

●      Del 1 al 20 de abril para el primer trimestre.

●      Del 1 al 20 de julio para el segundo trimestre.

●      Del 1 al 20 de octubre para el tercer trimestre.

●      Del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre.

 

Ahora que ya sabes si tienes que presentar los modelos 130 y 131, sus diferencias, y cuándo tienen que presentarse a lo largo del año, puedes calcular cuánto tienes que pagar este trimestre.

 

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