Descubre y aprende a solicitar las ayudas para autónomos de Madrid

Ayudas para autónomos en Madrid: descubre los beneficios de los que puedes disfrutar

Si vives en la Comunidad de Madrid, estas son las ayudas para autónomos que puedes solicitar.

Las ayudas para los autónomos de Madrid consisten en una serie de beneficios y bonificaciones de las que pueden disfrutar los trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que viven en la Comunidad de Madrid, por lo que el requisito básico en todas ellas es residir en la Comunidad de Madrid.

 

Si estás pensando en solicitarlas, en este artículo te explicamos cuáles son las principales ayudas para autónomos de Madrid y cómo solicitarlas.

 

 

Ayudas para la ampliación del plazo de la tarifa plana para autónomos

 

 

La tarifa plana para autónomos es una de las ayudas más solicitadas por los autónomos de toda España, ya que durante los primeros 12 meses de su actividad por cuenta propia solo deberán pagar 60 euros al mes por su cuota de autónomos (cuando la cuota mínima normal es de 289 euros al mes).

 

Como ayuda a los autónomos de Madrid, la Comunidad ofrece una extensión de esta misma tarifa plana durante 12 meses más una vez los 12 meses de la ayuda estatal han finalizado.

 

Para ello, deberás estar dado de alta en el RETA, estar al corriente de pago en tus obligaciones tributarias a la Administración, la Seguridad Social y con la Comunidad de Madrid, y seguir siendo autónomo durante los 12 meses que dura la ayuda.

 

Tendrás que solicitarla durante los dos meses anteriores al final del primer periodo de la tarifa plana (la tarifa plana estatal) y deberás presentar la solicitud de forma telemática a través del Registro Telemático de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad.

 

 

Ayudas para autónomos de Madrid que se constituyan por cuenta propia

 

 

Si te das de alta como trabajador autónomo en la Comunidad de Madrid, estas ayudas te harán más fáciles los primeros meses de tu actividad laboral por cuenta propia, siendo un gran soporte en el que apoyarte hasta que hayas conseguido la estabilidad suficiente como para mantenerte por ti mismo.

 

Esta ayuda consiste en una bonificación del 80% de los gastos justificados. Solo se admitirán justificantes de pago con tarjeta o de transferencias bancarias, quedando excluidos los justificantes de pagos en efectivo.

 

Podrán solicitar esta ayuda las personas en paro que se den de alta como autónomo, por lo que hay que estar inscrito como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid (no solo en el SEPE). Esto también aplica a las personas en paro incluso si son miembros de sociedades civiles, de comunidades de bienes, socios de sociedades mercantiles (que no sean parte de la administración de la sociedad) y socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales. Aparte de este requisito, deberás estar al corriente de pago en tus impuestos y con tus contribuciones a la Seguridad Social, no haber realizado la misma actividad económica durante los seis meses anteriores al alta en el RETA y seguir siendo autónomo como mínimo durante los dos años siguientes a la solicitud de la ayuda.

 

Para solicitar esta ayuda, tienes tres meses desde la fecha de inicio de la actividad, que será la fecha en la que te registraste en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), y deberás presentarla de forma telemática a través del Registro Telemático de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, o bien de forma física en un registro de la Administración General del Estado, de la Comunidad Autónoma de Madrid o en el registro de un ayuntamiento de la región.

 

 

Pago único de la prestación del desempleo

 

 

Si estás en paro y quieres empezar a trabajar por cuenta propia, puedes solicitar el pago único de la prestación contributiva a la hora de darte de alta como autónomo. Para poder solicitarlo, deberán quedarte como mínimo tres meses de la prestación por desempleo por recibir y no haber compatabilizado el trabajo por cuenta propia como autónomo con la prestación por desempleo durante los 24 meses previos a la solicitud del pago único.

 

Deberás solicitar esta ayuda antes de darte de alta como autónomo. Puedes presentarla de forma telemática a través del Registro Telemático de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, o bien de forma física en un registro de la Administración General del Estado, de la Comunidad Autónoma de Madrid o en el registro de un ayuntamiento de la región.

 

 

Ayuda para el abono de cuotas de la Seguridad Social

 

 

Si solicitaste la ayuda del pago único por desempleo, entre las ayudas para autónomos de Madrid existe la posibilidad de recibir una subvención del abono de, como máximo, el 50% de la cuota mínima mensual de la Seguridad Social. La cuota mínima de cotización es de 289 euros al mes, por lo que la subvención podrá ascender hasta los 144,5 euros al mes.

 

La subvención durará lo que hubiese durado el periodo de desempleo de no haber solicitado el pago único.

 

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